corral-rosales-abogados-ecuador-reglamento-para-asociaciones-publico-privadas
Mediante Decreto 1190, de 17 de noviembre de 2020, el presidente de la República expidió el Reglamento para Asociaciones Público Privadas (“Reglamento”), que regula tales asociaciones.

Aspectos generales

Contrato de gestión delegada: es el acuerdo mediante el cual se determinan los derechos y obligaciones de la entidad delegante y un empresario privado en relación con la ejecución de un proyecto público cuya gestión se delega. La asociación público privada (“APP”) es una modalidad de gestión indirecta de actividades públicas por la que, mediante un contrato de gestión delegada de largo plazo, se encarga a un gestor privado el desarrollo o gestión de infraestructuras o servicios públicos.  El gestor privado asume el riesgo y la responsabilidad durante la vida del contrato, su contraprestación está ligada al desempeño del proyecto.

Organización institucional

Comité Interinstitucional de Asociaciones Público-Privadas (“Comité”). Es el encarado de expedir políticas, regulación técnica y dirección en materia de gestión delegada de proyectos públicos y estará presidido por el titular del ministerio de Economía y Finanzas. El Comité, entre otras competencias, deberá: definir los sectores en los que se promoverá  la creación  de una APP mediante la aprobación del Programa de Proyectos APP; determinar las políticas y lineamientos de aplicación de los beneficios previstos en la Ley APP; regular aspectos técnicos de un proyecto mediante la expedición de guías técnicas; mantener pública la información relativa a los proyectos APP; conceder total o parcialmente los beneficios tributarios previstos en la Ley APP; promover la participación del sector financiero, nacional e internacional, en la estructuración financiera de los proyectos.

Otras competencias del Comité: aprobar proyectos que proponga una entidad delegante; establecer  los proyectos susceptibles de ser delgados a un gestor privado para el aprovechamiento de la infraestructura existente; establecer mecanismos de coordinación institucional.

Régimen de los contratos de gestión delegada y los proyectos APP

En relación con los proyectos públicos, define a los servicios de interés general como los servicios públicos referidos a sectores estratégicos y la provisión de bienes bajo competencia de alguna administración pública. Un proyecto público gestionado mediante una APP podrá consistir en la planificación y diseño, construcción, equipamiento, operación y mantenimiento de una obra nueva de infraestructura para la provisión de un servicio de interés general; la planificación y diseño, rehabilitación o mejora, equipamiento, operación y mantenimiento de una obra de infraestructura existente para la provisión de un servicio de interés general;  una combinación de las dos anteriores; todo tipo de actividades productivas, de investigación y desarrollo.

Proyectos autofinanciados: son aquellos cuyos ingresos provienen del precio que pagan los usuarios finales; y Proyectos con financiamiento público, aquellos que requieran participación de inversión pública. Los proyectos distribuirán los riesgos entre el público y el privado; serán preferentemente integrales, procurando que el gestor privado se encargue de la ejecución del proyecto. Los resultados de los proyectos se evaluarán mediante indicadores específicos. .

Proyectos públicos de iniciativa privada: por invitación pública o de propia iniciativa, los empresarios privados podrán proponer a la Administración la ejecución por gestión delegada de proyectos. Las entidades delegantes determinarán el interés público del proyecto en un plazo máximo de seis meses. Una vez que el proyecto de iniciativa privada haya sido incorporado al Programa de Proyectos APP, el proponente privado tendrá un plazo de seis meses para preparar el estudio de factibilidad. El proponente privado intervendrá en igualdad de condiciones con los demás interesados, con la única excepción de una bonificación de hasta diez puntos porcentuales en la evaluación de su oferta. No tendrá derecho a   igualar o mejorar la oferta del oferente mejor calificado.

Participantes en un proyecto APP:  las entidades delegantes serán las administraciones públicas titulares de la competencia a ser delegada, las empresas públicas no se consideran entidades delegantes; el gestor privado podrá ser una compañía anónima constituida de acuerdo con la legislación ecuatoriana, con propósito específico para atender el proyecto público. El gestor privado podrá adoptar otra figura autorizada en el ordenamiento jurídico según determinado en el pliego del procedimiento.

Términos económico-financieros: el gestor privado, como contraprestación por las actividades asumidas, podrá recibir   aportaciones del presupuesto público,  pagos efectuados por los usuarios finales, o una combinación de ambos. Los ingresos del proyecto APP se destinarán a cubrir la inversión y los costos y gastos de operación del proyecto APP y a la retribución del gestor privado. En los casos en que el gestor privado no tenga relación directa con los usuarios o beneficiarios del proyecto APP, las Administraciones Públicas podrán constituir negocios fiduciarios a fin de garantizar los pagos respectivos. En su relación con terceros que financian el proyecto APP, el gestor privado contará con autonomía y suficiencia necesaria para otorgar las garantías que le sean requeridas sobre los bienes y derechos del contrato de gestión delegada que sean de su exclusiva propiedad, sin necesidad de autorización previa de la entidad, salvo en los casos en que sus actos o contratos puedan implicar que el tercero esté en capacidad de suspender el servicio público o afectar los niveles de servicio.

Ciclo del proyecto APP y procedimiento administrativo

Se deben establecer los objetivos a alcanzar en la etapa de planificación y selección de proyectos. Corresponde a la entidad delegante establecer problemas, efectos, causas y objetivos para identificar las necesidades que se busca satisfacer.  Evaluación preliminar de sostenibilidad y riesgos fiscales: está a cargo de la Unidad de Sostenibilidad y Riesgos Fiscales del ministerio de Economía y Finanzas . El Comité deberá determinar la conveniencia de la modalidad APP. Con el dictamen de sostenibilidad, la entidad delegante pondrá a consideración del Comité su solicitud de concesión de beneficios e incentivos tributarios de acuerdo a la Ley APP. Como parte del ciclo del proyecto se regula el concurso público y la contratación. Cualquier persona jurídica, nacional o extranjera, podrá participar en los concursos para la selección del gestor privado. Las ofertas serán evaluadas por un comité de contratación.

¿Quieres recibir nuestros boletines con informaciones como la que acaba de leer?
Pulsa aquí y suscríbete.

NOTA: El texto anterior ha sido elaborado con fines informativos. CorralRosales no es responsable de ninguna pérdida o daño ocasionado como consecuencia de haberse actuado o dejado de actuar en base a la información contenida en este documento. Cualquier situación determinada adicional requiere la opinión y concepto específico de la firma en Quito / Guayaquil, Ecuador.

CORRALROSALES