Devolución del IVA Pagado en Proyectos Inmobiliarios

Mediante Resolución NAC-DGERCGC24-00000019 emitida el 28 de mayo de 2024, el Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció el procedimiento para solicitar la devolución del IVA pagado en proyectos inmobiliarios.

A continuación, resumimos los puntos más importantes:

  1. ¿Quién puede solicitar la devolución?

Aquellas sociedades y personas naturales que hayan pagado IVA en adquisiciones locales o importaciones de bienes y servicios para la construcción de proyectos inmobiliarios.

  1. ¿Cuál es el monto sujeto a devolución?

Se sujeta a devolución el IVA generado, declarado y pagado a partir del 1 de enero de 2024 que no genere derecho a crédito tributario.

En el caso de proyectos de vivienda desarrollados para la venta a terceros, el valor de devolución no podrá superar el 6,5% del costo total referencial del proyecto registrado ante el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI) o SRI.

En el caso de proyectos de vivienda propia ejecutados por personas naturales, el valor de devolución no podrá superar el 7% del costo referencial del proyecto inmobiliario, cuyo costo máximo será hasta US$105.340 (229 SBU) por vivienda.

  1. ¿Cuál es el proceso para obtener la devolución?

El beneficiario deberá:

  1. Realizar una pre-validación de la solicitud en el sistema web del SRI.
  2. Se debe presentar una solicitud por mes y por cada proyecto a la cual se deberá adjuntar:

i. Constancia del registro del proyecto inmobiliario ante el MIDUVI o ante el SRI.
ii. Título habilitante para la construcción otorgado por el Gobierno Municipal.
iii. Reporte de pre-validación obtenido en el sistema web del SRI.
iv. Listado en medio magnético de los comprobantes de venta físicos y electrónicos que soportan el valor total de IVA pagado en la adquisición local o importación de bienes y servicios, usados directamente en el proyecto inmobiliario.

 

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Andre Moya, socia en CorralRosales
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NOTA: EL texto anterior ha sido elaborado con fines informativos. CorralRosales no es responsable de ninguna pérdida o daño ocasionado como consecuencia de haberse actuado o dejado de actuar en base a la información contenida en este documento. Cualquier situación determinada adicional requiere la opinión y concepto específico de la firma.

 

CORRALROSALES

Protección de los derechos de Propiedad Intelectual mediante acciones penales: conclusiones de una reciente sentencia judicial

DETALLES

FECHA: 12-04-2024

PROFESIONALES EN LA NOTICIA:

Maria Cecilia Romoleroux

MEDIO:

– WTR

  • En un caso reciente, se liberó mercancía falsificada y el fiscal ordenó cerrar la investigación
  • En virtud del principio de libertad probatoria, se pidió a un perito que evaluara los productos falsificados.
  • Basándose en el informe del experto, el juez rechazó la petición del fiscal de archivar el caso.

Antecedentes

En agosto de 2021, una reforma de la Código Penal corrigió varios errores que, en la práctica, hacían imposible perseguir y sancionar los delitos de Propiedad Intelectual. Se reformó la tasación mínima de los bienes incautados (excepto los casos de comercio exterior) y se reintrodujo la pena de prisión (de hasta un año).

La reforma también aclaró varios aspectos a considerar en un delito (por ejemplo, la tasación de los bienes basada en el precio de los productos genuinos y la posibilidad de llegar a un acuerdo entre las partes), lo que puso fin a los litigios.

Sentencia judicial reciente

En la práctica, aunque estas disposiciones están reguladas por la ley, algunos fiscales y jueces, lamentablemente, no han procedido como se esperaba. Por ejemplo, en un caso reciente, un infractor se presentó ante un juez de garantías constitucionales, argumentando una violación del principio de seguridad jurídica debido a una supuesta notificación tardía por parte de Aduanas, que dio lugar a la liberación los productos falsificados. El fiscal que conoció del caso ordenó el archivo de la investigación, argumentando que, con la liberación de los bienes, no había delito que perseguir.

Los delitos contra la Propiedad Intelectual deben ser procesados siguiendo los principios de justicia penal establecidos en el Código Penal. Uno de estos principios es el de “libertad probatoria”, que permite a las partes aportar elementos que pueden ser considerados como pruebas, que posteriormente serán valorados en cuanto a su pertinencia y utilidad. En otras palabras, basándose en este principio, los abogados tienen una amplia gama de oportunidades para demostrar que se ha cometido un delito, en este caso, un delito contra la Propiedad Intelectual.

Basándose en el principio de libertad probatoria, se pidió a un perito que evaluara los productos infractores basándose en los documentos y fotos de los registros oficiales. El peritaje concluyó que los productos liberados eran falsificaciones, lo que demostraba que se había cometido un delito y, por tanto, debía ser investigado.

El informe pericial fue presentado al juez, que revisó toda la documentación presentada y rechazó la petición del fiscal de archivar el caso. El juez también ordenó que el caso se pusiera en conocimiento de una autoridad superior de la Fiscalía General del Estado, afirmando que debía darse prioridad a la investigación de un posible delito.

Ahora debe nombrarse un nuevo fiscal para que continúe la investigación y se impongan sanciones (incluida una pena de prisión de hasta un año y una multa de hasta 138.000 dólares).

Comentario

Esta decisión judicial es importante porque demuestra que, a pesar de las limitaciones en la formación, la falta de conocimientos especializados en Propiedad Intelectual y el abuso de las acciones constitucionales, es posible obtener un resultado adecuado presentando documentos que demuestren los errores cometidos por las autoridades y proporcionando a los jueces herramientas que respalden sus decisiones.

La protección de los derechos de Propiedad Intelectual puede lograrse utilizando todos los mecanismos disponibles y los principios establecidos por el Código Penal para todo tipo de delitos, ya que los delitos contra la Propiedad Intelectual no pueden ser considerados como delitos menores.

Lea aquí el artículo en WTR.

Este artículo apareció por primera vez en WTR Daily, parte de World Trademark Review, en abril de 2024. Para más información, visite www.worldtrademarkreview.com.

Escisión Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables

Mediante decreto ejecutivo No. 256 de 8 de mayo de 2024, se ordenó la escisión de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (“ARCERNNR”) en tres nuevas agencias:

  1. Agencia de Regulación y Control Minero (“ARCOM”).
  2. Agencia de Regulación y Control de Electricidad (“ARCONEL”).
  3. Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (“ARCH”).

La ARCOM, ARCONEL y ARCH estarán adscritas al Ministerio de Energía y Minas, y regularán y controlarán el sector minero, eléctrico e hidrocarburífero, respectivamente.

Las atribuciones, funciones, programas, proyectos y delegaciones establecidas en leyes, reglamentos, regulaciones, decretos y demás normativa vigente que correspondía a la ARCERNNR, serán asumidas por la ARCOM, ARCONEL y ARCH, según el sector de su competencia.

Cada agencia contará con un directorio integrado por: (i) el ministro rector del ramo o su delegado permanente, quien lo presidirá; (ii) un delegado permanente del presidente de la República; y (iii) el secretario nacional de planificación o su delegado permanente (el “Directorio”).

El Directorio nombrará al director ejecutivo de cada agencia, quien ejercerá su representación legal, judicial y extrajudicial.

Los derechos y obligaciones adquiridos por la ARCERNNR se transferirán a las nuevas agencias de acuerdo con el sector de su competencia. En el caso de obligaciones contractuales, si no es posible identificar el sector específico, se transferirán a la ARCONEL.

La escisión de la ARCERNNR debe concluir hasta el 8 de agosto de 2024.

 

carlos-torres

Carlos Torres, asociado senior en CorralRosales
ctorres@corralrosales.com
+593 2 2544144

NOTA: EL texto anterior ha sido elaborado con fines informativos. CorralRosales no es responsable de ninguna pérdida o daño ocasionado como consecuencia de haberse actuado o dejado de actuar en base a la información contenida en este documento. Cualquier situación determinada adicional requiere la opinión y concepto específico de la firma.

 

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