Recordamos que el Ministerio de Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2024-059, que reestableció los términos y plazos que fueron suspendidos mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2023-056, desde el 15 de diciembre de 2023.
Este último acuerdo ahora derogado, suspendió e interrumpió los términos y plazos para cumplir con las obligaciones de registro y trámites que dependen de los sistemas informáticos del Ministerio del Trabajo. Esto incluye, entre otros, el registro de contratos de trabajo, actas de finiquito, resoluciones de sanción, archivos e ingresos de inspección, y registros de formularios de décima tercera y décima cuarta remuneración.
Los empleadores tienen hasta el 23 de febrero de 2025, para recuperar los registros de contratos de trabajo, actas de finiquito, reglamentos internos, documentación de seguridad y salud laboral, certificados de capacitación y resoluciones de jornadas especiales del periodo 2020 al 2023 en las plataformas del Ministerio del Trabajo.
Edmundo Ramos, Socio en CorralRosales
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