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En virtud del estado de excepción dictado por el Presidente de la República, las siguientes autoridades tributarias, en ejercicio de sus competencias, han suspendido plazos y términos:

  1. El Servicio de Rentas Internas, mediante resolución NAC-DGERCGC20-00000022, resolvió suspender los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de la acción de cobro desde el 16 de marzo hasta el 31 de marzo de 2020. Este plazo fue ampliado hasta el 30 de abril de 2020 mediante resolución NAC-DGERCGC20-00000028.
  2. El Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador, mediante Resolución SENAE-SENAE-2020-0016-RE resolvió suspender los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de las acciones de cobro desde el 17 de marzo hasta el 31 de marzo de 2020. Este plazo fue ampliado hasta el 30 de abril de 2020 mediante resolución SENAE-SENAE-2020-0022-RE
  3. El Gobierno Autónomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito, mediante resolución GADDMQ-DMT-2020-001-R resolvió suspender los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de las acciones de cobro desde el 16 de marzo hasta el 20 de marzo de 2020. Este plazo fue ampliado hasta el 31 de marzo de 2020 mediante resolución GADDMQ-DMT-2020-002-R. Tan pronto el municipio amplíe el plazo de suspensión, lo daremos a conocer por este mismo medio.

 

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