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La Directora General del Servicio de Rentas Internas emitió tres resoluciones con fecha 23 de diciembre de 2020, que fueron publicadas en el Segundo Suplemento del Registro Oficial 359, de 29 de diciembre del mismo año, cuyo detalle consta a continuación:
1. Resolución NAC-DGERCGC19-00000078 que estableció las tarifas específicas del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) aplicables en el 2021:

En comparación con las tarifas aplicables en 2020, las tarifas de cigarrillos y bebidas no alcohólicas se mantienen igual, la tarifa de fundas plásticas incrementa -por mandato legal-, y las tarifas restantes se redujeron ligeramente respecto a 2020.
2. Resolución NAC-DGERCGC19-00000079 que ajustó a US$4,29 por litro el valor de precio de venta del fabricante y ex aduana para la aplicación de la tarifa Ad Valorem del ICE en bebidas alcohólicas, incluida la cerveza, aplicable para el período fiscal 2021.
En el 2020 el valor establecido fue US$4,33 por litro.
3. Resolución NAC-DGERCGC19-00000080 que estableció los porcentajes de incremento que deben aplicarse sobre el precio ex – aduana o los costos totales de producción para determinar los precios referenciales de perfumes y aguas de tocador comercializados a través de venta directa (el fabricante o importador vende a consumidores finales directamente y no a través de locales comerciales), para el período fiscal 2021, de acuerdo con los porcentajes detallados en la siguiente tabla:

Los valores detallados en la tabla son iguales a aquellos establecidos para el año 2020.

Para el cálculo del impuesto, en los costos totales de producción de los bienes de fabricación nacional debe incluirse materias primas, mano de obra directa y gastos indirectos de fabricación.

Los pagos por regalías calculados en función de volumen, valor o monto de ventas se considerarán parte de los costos totales de producción para el cálculo del impuesto. Sin embargo, si los pagos por regalías no superan el 5% de las ventas, no deberán considerarse para efectos del cálculo del ICE.

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NOTA: El texto anterior ha sido elaborado con fines informativos. CorralRosales no es responsable de ninguna pérdida o daño ocasionado como consecuencia de haberse actuado o dejado de actuar en base a la información contenida en este documento. Cualquier situación determinada adicional requiere la opinión y concepto específico de la firma en Quito / Guayaquil, Ecuador.

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