El Ministerio de Salud Pública (MSP), mediante memorando No. MSP-SVPCS-2025-1061-M del 29 de abril de 2025, ha establecido el requisito sanitario obligatorio de vacunación contra Fiebre Amarilla para el ingreso al país.
- Características
A partir del lunes 12 de mayo de 2025, será obligatoria la presentación del Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla en los siguientes casos:
- Todos los viajeros de nacionalidad o residencia en Colombia, Perú, Bolivia o Brasil (sin importar el tiempo de estadía).
- Viajeros de otras nacionalidades que hayan permanecido más de 10 días en cualquiera de estos países.
- Ciudadanos ecuatorianos que retornen tras haber visitado dichos países deben contar con el certificado, o serán vacunados al ingreso y deberán permanecer en observación domiciliaria por 10 días
- Consideraciones a tener en cuenta:
- El certificado puede ser físico o digital.
- Se exigirá en los puntos de embarque y podrá serlo nuevamente al ingreso al país.
- Las personas mayores de 60 años están exentas por razones clínicas.
- La vacuna otorga inmunidad de por vida con una sola dosis, efectiva después de 10 días de su aplicación.
- Recomendaciones para las empresas de transporte de pasajeros:
Se recomienda establecer controles previos al embarque y notificar oportunamente a los pasajeros. El incumplimiento podría generar demoras o restricciones al ingreso.
Xavier Rosales, Partner at CorralRosales
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