Mediante Decreto Ejecutivo No. 551 del 3 de marzo de 2025, el Presidente de la República del Ecuador emitió el Reglamento a la Ley para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económica de las Generaciones en el Ecuador (en adelante “LOPAFFE”). A continuación, resumimos las disposiciones más relevantes:
1. Crédito tributario para empleadores
Para la aplicación del crédito tributario por la no desvinculación de empleados previsto en la LOPAFFE, el empleador deberá haber mantenido a los trabajadores bajo las mismas condiciones remunerativas aplicables al mes de septiembre, durante los meses de octubre a diciembre de 2024.
El porcentaje de crédito tributario depende del tamaño del empleador y del incremento o decremento de sus ingresos brutos en 2023, con respecto a 2022. Por tanto, se establecen los siguientes rangos para definir el tamaño de la empresa:
CATEGORIA | INGRESOS BRUTOS ANUALES (USD) |
---|---|
Microempresa | Ingresos brutos iguales o menores a $300.000 |
Pequeña empresa | Ingresos brutos entre $300.000,01 a $1.000.000 |
Mediana empresa | Ingresos brutos entre $1.000.000,01 a $5.000.000 |
Grandes empresas | Ingresos brutos superiores a $5.000.000 |
Para establecer el incremento o decremento de los ingresos brutos, se entenderá que:
- Los ingresos brutos son superiores si en 2023 incrementaron en un porcentaje superior al 10% con relación al año 2022.
- Los ingresos brutos son similares entre 2023 y 2022, si incrementaron o decrecieron hasta un porcentaje del 10%.
- Los ingresos brutos son inferiores si en 2023 decrecieron en un porcentaje superior al 10% con relación al año 2022.
2. Enajenación de inmuebles
La LOPAFFE estableció que se considerará como ingreso exento de impuesto a la renta el proveniente de la enajenación ocasional de inmuebles por personas naturales o jurídicas, siempre que no se exceda de 2 enajenaciones de inmuebles por año
El reglamento establece que dichas enajenaciones incluyen los bienes accesorios (parqueaderos, bodegas, etc.) siempre que su transferencia se realice en un solo acto.