El 22 de enero de 2025, el pleno de la Corte Nacional de Justicia emitió la Resolución No. 02-2025, que establece un precedente obligatorio en relación con el cálculo de indemnizaciones por despido intempestivo.
Puntos clave del precedente:
La remuneración aplicable para calcular las indemnizaciones deberá ser siempre la última percibida, siempre que esta sea más favorable para el trabajador. Esto significa que, al determinar la indemnización:
- Se tomará en cuenta la última mejor remuneración recibida.
- Podrá considerarse la del mes previo o la del mismo mes en que ocurrió el despido.
Este criterio busca garantizar el principio de protección al trabajador, asegurando que se utilice la base salarial más ventajosa al momento del cálculo. La resolución no especifica si para su aplicación se tomará en cuenta únicamente los valores correspondientes a la remuneración del mejor mes o a los componentes propios de la liquidación.
Implicaciones para empleadores y trabajadores:
- Los empleadores deberán ajustar sus decisiones sobre la materia tomando en cuenta este precedente obligatorio.
- Los trabajadores podrán provocar un despido intempestivo en el momento que consideren más favorable a su interés de lograr una indemnización mayor
Edmundo Ramos, Socio en CorralRosales
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