Industria Legal – La industria del cannabis y el cáñamo genera expectativa en Ecuador

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DETALLES

FECHA: 02-07-2021

PROFESIONALES EN LA NOTICIA:

Felipe Samaniego

Diciembre de 2019 fue un mes de cambios legales en Ecuador. Se publicó la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal, pero no fue hasta junio de 2020 cuando entró en vigor, reformando la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socioeconómico de las Drogas y de Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización. La revista Industria Legal dedica una página a la información ofrecida acerca de este asunto por nuestro socio experto en Derecho Regulatorio, Felipe Samaniego, ya que esta reforma dio paso a la nueva industria del cannabis y el cáñamo en Ecuador.

Entre las novedades se encuentran la exclusión de las sustancias sujetas a fiscalización al cannabis y al cáñamo con menos del 1% de THC en peso seco y una duración de 120 días de plazo para que el Ministerio de Agricultura y Ganadería emita la regulación correspondiente.

No solo eso, también, mediante este acuerdo, se establecen nuevos lineamientos aplicables al régimen de siete licencias, diferentes para cada actividad permitida en la industria del cannabis no psicoactivo, cáñamo y cáñamo de uso industrial, “desde la importación y producción de semillas hasta la producción y exportación de derivado, biomasa y/o flor”, según añade Samaniego.

Para finalizar su artículo, nuestro experto añade que “el rápido desarrollo del marco normativo que regula las actividades de las actividades agroindustriales, por parte del Ministerio de Agricultura y Ganadería, generó que tanto el Ministerio de Salud y la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) como la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario (AGROCALIDAD) emitan los cuerpos normativos que regulen productos terminados destinados a uso y consumo humano y veterinario que lleven derivados de cannabis no psicoactivo o cáñamo en su composición”.

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