Mediante la Resolución NAC-DGERCGC23-00000008 emitida el 13 de Marzo del 2023, el Director General del Servicio de Rentas amplió los plazos para la presentación de las siguientes obligaciones, sin que se generen multas e intereses.
Las personas naturales, las sucesiones indivisas y sociedades sujetas al régimen general de impuesto a la renta podrán presentar y pagar su declaración hasta las siguientes fechas: Los sujetos pasivos obligados a presentar la declaración de la contribución destinada al financiamiento de la atención integral del cáncer en los días 13 y 14 de marzo, podrán presentar la declaración y realizar el pago hasta el 28 de marzo de 2023.
Los sujetos pasivos sujetos al régimen RIMPE, cuyo noveno dígito del RUC sea 1, 2, 5, 8 y 9, podrán declarar y pagar el Impuesto a la Renta, de acuerdo con el siguiente cronograma:
Especialista en Derecho Tributario
Andrea Moya, socia de CorralRosales
amoya@corralrosales.com
+593 2 2544144
¿Quiere recibir nuestros boletines con informaciones como la que acaba de leer?
Pulse aquí y suscríbase.