El 8 de enero de este año, el Ministerio del Trabajo emitió el reglamento para el cumplimiento de las obligaciones previstas la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres. Este reglamento incluye la creación de un módulo en el Sistema Único de Trabajo (SUT) donde los empleadores están obligados a registrar capacitaciones y acciones de sensibilización relacionadas con la igualdad salarial y la no discriminación.
De acuerdo con la normativa es obligación del empleador en el sector privado lo siguiente:
- Capacitación anual: Realizar capacitaciones de al menos 40 horas al año, que pueden ser presenciales, virtuales o mixtas, y que deben incluir a todos los trabajadores.
- Acciones de sensibilización: Promover la igualdad de género, la igualdad salarial y combatir cualquier forma de discriminación en el lugar de trabajo.
- Registro y reporte: Documentar y reportar todas las capacitaciones y actividades de sensibilización en el módulo designado en el SUT.
Plazos para reportar:
La información sobre capacitaciones y sensibilización debe reportarse anualmente. Sin embargo, el Ministerio del Trabajo ha emitido el Acuerdo Ministerial No. MDT-2025-185, que amplía el plazo por única vez hasta el 30 de noviembre de 2026.
Posteriormente los reportes deberán enviarse anualmente en enero.
Para acceder al módulo en el SUT, los empleadores deben buscar el apartado «Registro de capacitaciones y sensibilización – Acuerdo Ministerial MDT-2025-006».
Este nuevo módulo se encuentra en constante actualización, lo que podría generar eventuales inconvenientes durante el registro.
Importancia del Cumplimiento:
La información registrada en el SUT será esencial para los procesos de verificación y certificación del Ministerio del Trabajo. Cumplir con estas obligaciones permitirá acceder al certificado de cumplimiento de la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres.
Para cualquier aclaración o ampliación pueden comunicarse con nosotros.

Belén Jaramillo, Socia en CorralRosales
bjaramillo@corralrosales.com
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