Normas para retorno a actividades presenciales del sector privado

Normas para el retorno a actividades presenciales del sector privado - CorralRosales - Abogados en Ecuador

El Ministerio del Trabajo mediante Acuerdo Ministerial MDT-2021-214, publicado en el Registro Oficial No. 507 de 02 de agosto de 2021, emitió las “Directrices para el Retorno a Actividades Presenciales”. A continuación, sus principales características:

Salvo las excepciones que se detallan más adelante, es potestad de los empleadores determinar que los trabajadores retornen a laborar presencialmente, estén o no inmunizados.

Los empleadores deberán acogerse y cumplir con la “Guía y Plan General para el Retorno Progresivo y Seguro a las Actividades Laborales Presenciales” aprobada el 29 de junio de 2021 por el Comité de Operaciones de Emergencia – COE Nacional.

Los trabajadores con condiciones agravantes o que tengan bajo su cuidado a una persona con condición agravante, que hayan sido vacunados y haya transcurrido el tiempo necesario para la inmunización deberán retornar al trabajo presencial.

Aun cuando los trabajadores con una condición agravante se encuentren inmunizados -o la persona con condición agravante a cargo del trabajador se encuentre inmunizada- si el médico ocupacional o un centro acreditado por el Ministerio de Salud Pública, certifica que el trabajador no puede realizar trabajo presencial, mantendrán la modalidad de teletrabajo.

Los incumplimientos a las disposiciones del Acuerdo Ministerial podrán ser sancionados por el Ministerio del Trabajo con una multa de un (1) salario básico unificado (actualmente, US$400).

Se consideran, condiciones agravantes:

  • Personas mayores de 65 años.
  • Personas con enfermedades crónicas no transmisibles.
  • Personas con enfermedades cardiovasculares.
  • Personas con enfermedades cerebrovasculares.
  • Discapacidad del 50% o más debidamente acreditada.
  • Mujeres en estado de gestación y en periodo de lactancia.
  • Todo tipo de malformaciones congénitas del corazón y todo tipo de valvulopatías cardíacas.
  • Pacientes oncológicos y oncohematológicos con diagnóstico reciente o enfermedad activa.
  • Personas con tumor cerebral en cualquier estado y de cualquier tipo.
  • Insuficiencia renal crónica.
  • Cirrosis.
  • Personas que han recibido un trasplante de órganos sólidos o están en lista de espera para trasplante.
  • Personas con secuelas de quemaduras graves.
  • Personas con malformaciones arterio venosas cerebrales.
  • Personas con síndrome de Klippel Trenaunay.
  • Personas con Aneurisma tóraco-abdominal.
  • Personas que padezcan de VIH.

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NOTA: El texto anterior ha sido elaborado con fines informativos. CorralRosales no es responsable de ninguna pérdida o daño ocasionado como consecuencia de haberse actuado o dejado de actuar en base a la información contenida en este documento. Cualquier situación determinada adicional requiere la opinión y concepto específico de la firma en Quito / Guayaquil, Ecuador.

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