Mediante Resoluciones NAC-DGERCGC20-00000043 y NAC-DGERCGC20-00000044 de 23 de junio de 2020, la Directora General del Servicio de Rentas Internas expidió las normas para la aplicación de las Disposiciones Transitorias Segunda y Tercera de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria derivada del COVID-19.
La Disposición Transitoria Segunda de dicha ley y la Resolución NAC-DGERCGC20-00000043 establecen que aquellos contribuyentes que se acogieron a la remisión tributaria prevista en la Ley para el Fomento Productivo y que desde enero 2020 al 22 de junio de 2020 hayan incumplido 2 o más cuotas dentro de un plan de facilidades de pagos, podrán cubrir el valor adeudado hasta el 30 de septiembre de 2020 sin recargos, intereses o multas.
Así mismo, la Disposición Transitoria Tercera de dicha ley y la Resolución NAC-DGERCGC20-00000044 establecen que aquellos contribuyentes que se acogieron al plan excepcional de pagos previsto en la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria y que al 22 de junio de 2020 hayan incumplido alguna de sus cuotas, podrán cubrir el valor adeudado en 12 cuotas mensuales iguales, que deberán ser canceladas los días 28 de cada mes, iniciando el 28 de julio de 2020, sin recargos, intereses o multas.
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