Mediante Resolución C.D. 645 -publicada en el Registro Oficial de 13 de abril de 2022- el Consejo Directivo del IESS expidió el “Reglamento de las Facilidades de Pago para el sector Turístico, en aplicación de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19” (en adelante, el “Reglamento”).
- Aplicación
Podrán acogerse a los beneficios contemplados en el Reglamento los empleadores que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Turismo.
- Facilidades de pago
Aquellos empleadores que cumplan con los requisitos y no hayan pagado las obligaciones mantenidas con el IESS durante el periodo comprendido entre enero de 2020 y diciembre de 2021, podrán presentar al IESS una solicitud para realizar el pago de las obligaciones pendientes en un plazo de hasta 48 meses.
El IESS condonará los intereses, multas y recargos que se hayan generado durante el mencionado periodo, siempre que el empleador cumpla puntualmente con el pago de las cuotas. En caso de incumplimiento, se liquidará el interés, multa y recargo conforme la normativa aplicable. El deudor podrá solicitar el pago anticipado de la deuda a las Unidades de Gestión de Cartera del IESS.- Incumplimiento del pago
El incumplimiento en el pago del acuerdo de pagos, se reflejará como mora en el certificado de cumplimiento de obligaciones patronales del IESS.
- Documentos que se deben adjuntar a la solicitud
- La inscripción en el Registro Nacional de Turismo.
- La Licencia Única Anual de Funcionamiento actualizada, otorgada por el Municipio en el que opera el establecimiento turístico.
- Los títulos de crédito de los periodos de enero de 2020 a diciembre de 2021 que se encontraren impagos.
Especialista en Derecho Laboral
Edmundo Ramos, socio de CorralRosales
eramos@corralrosales.com
+593 2 2544144
Especialista en Derecho Laboral
Marta Villagómez, asociada de CorralRosales
mvillagomez@corralrosales.com
+593 2 2544144
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