Por medio del Acuerdo Interministerial Nro. 2025-013, emitido por el Ministerio de la Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, en conjunto con el Ministerio de Turismo, se ha dispuesto:
- La suspensión de los plazos y términos para la declaración y pago de las tasas “Eco Delta” y “Potencia Turística” a partir del 15 de septiembre de 2025, durante un período de dos meses.
- No se generarán intereses ni multas por las obligaciones devengadas durante el período de suspensión.
- La obligación de declarar y pagar se mantiene, por lo que las aerolíneas deberán cumplir con estas obligaciones una vez finalizada la suspensión o antes, si se levanta mediante un nuevo acuerdo ministerial.
Motivo de la suspensión:
La medida responde al proceso de fusión por absorción del Ministerio de Turismo al Ministerio de la Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, con el fin de garantizar la correcta transición administrativa y el debido proceso en los procedimientos tributarios y coactivos.
Resumen de las tasas:
- Eco Delta: Tasa aplicada sobre el precio del boleto aéreo internacional emitido en Ecuador, destinada al fomento de la conectividad aérea y la promoción del turismo.
- Potencia Turística: Contribución creada para financiar proyectos de desarrollo y promoción turística a nivel nacional.