Teleamazonas – El Gobierno impulsa una nueva política minera para atraer más inversión

Teleamazonas - El Gobierno impulsa una nueva política minera para atraer más inversión - CorralRosales - Abogados Ecuador

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FECHA: 24-08-2021

PROFESIONALES EN LA NOTICIA:

Rafael Serrano

MEDIO: Teleamazonas

En el Ecuador se pone en marcha una nueva política minera. Este sector pagó en impuestos, de 2018 a 2020, USD 1.300 millones, y en lo que va de año 2021, ha pagado USD 421 millones, con proyección hasta USD 1.600 millones. Para hablar sobre ello, el medio Teleamazonas cuenta con la experiencia de nuestro asociado senior, Rafael Serrano, especialista en Derecho Ambiental.

“Una norma muy importante para el desarrollo del sector demuestra la voluntad del Gobierno y la voluntad como Estado ecuatoriano de promover esa industria que, hecha de una manera correcta, puede traer grandes beneficios”, aporta Serrano.

El Gobierno Nacional, mediante el decreto 151, dispuso, “expedir el Plan de Acción para el Sector Minero del Ecuador”, y suma, en su artículo 2, que “el Estado será el generador y articulador de políticas públicas que impulsen el desarrollo del sector minero, la inversión nacional y extranjera, y el incremento de las exportaciones de productos mineros”. Para los expertos, esto es un gran paso dentro del sector minero.

Añade Serrano que “el objetivo es el desarrollo de una minería ambiental y socialmente responsable, que proteja la inversión, tanto nacional como extranjera”. Y, para concluir, aporta que lo que se necesita es “tener una estabilidad, tener las reglas del juego claras, para saber dónde van a invertir. Son inversiones de cientos de millones de dólares”.

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Teleamazonas – CNT sufrió ataque informático de «alta sofisticación»

Teleamazonas - CNT sufrió ataque informático de "alta sofisticación" - CorralRosales - Abogados Ecuador

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FECHA: 16-08-2021

PROFESIONALES EN LA NOTICIA:

Rafael Serrano

MEDIO: Teleamazonas

En el mes de julio, CNT (Corporación Nacional de Telecomunicación) fue víctima de un ataque informático, del que aún no se conocen las intenciones. Esto pone en el objetivo las políticas de ciberseguridad con el que deben contar todas las empresas e instituciones y que da de qué hablar en el Ecuador.

El medio Teleamazonas quiso contar con la opinión de nuestro asociado sénior, experto en nuevas tecnologías y seguridad de la información, Rafael Serrano, para ofrecer una visión de qué cambios se deben tomar para evitar ataques futuros.

Serrano afirma que “CNT y todas las instituciones públicas deben comenzar a contar con políticas de ciberseguridad”, ya que nadie está exento del riesgo, pero hay maneras de prevenirlo.

Tras la situación y haberse declarado CNT en emergencia, se tomarán decisiones respecto a los equipos, dado que, según afirma Byron Zapata, gerente subrogante de CNT, se cuenta con recursos disponibles.

“La buena práctica es tomar diferentes sistemas donde puedan asegurar y diversificar la información, asegura Serrano. Añade, también, que “de esta manera, si alguno tiene algún ataque o sufre algún problema, tiene un respaldo con otros sistemas y todo el Estado sigue funcionando.

Para concluir la entrevista, Serrano afirma que “según Ransomware, se trata solo de un ataque, de un intento, porque únicamente identificando qué fue lo que pasó o qué es lo que están pidiendo se pueden tomar las medidas del caso”.

Aún no se conoce en detalle toda la información que ha sido vulnerada.

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Anteproyecto de Ley de protección de datos de Ecuador – IAPP

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FECHA: 18-03-2021

PROFESIONALES EN LA NOTICIA:

-Rafael Serrano

MEDIO: IAPP

Por primera vez en la historia, Ecuador tendrá una Ley de protección de datos que seguirá el estándar normativo europeo, y sobre ello escribe nuestro asociado Rafael Serrano para el blog de la IAPP, de donde es colaborador.

A pesar de no haber contado nunca con una ley específica, la protección de datos en Ecuador se encuentra restringida y limitada por las diferentes leyes que incluyen esta legislación específica, como la Ley de telecomunicaciones, la Ley de comercio electrónico, la Ley penal y la Ley financiera y monetaria.

Tras dos circunstancias significativas en el país, se determinó que era imprescindible contar con una Ley propia que protegiera los datos de los ciudadanos ecuatorianos y que permitiera a las autoridades tomar medidas si no se cumplía. Uno de los hechos reveladores fue una violación de datos que afectó prácticamente a toda la población; y por otro lado una segunda circunstancia que corresponde a la evolución de la Ley de protección de datos en otros países. Esto limita a Ecuador a la hora de transferir datos internacionalmente.

En el actual proyecto de Ley, que se encuentra actualmente siendo debatido en el Congreso, contiene 76 artículos y 12 capítulos centrados en los siguientes aspectos:

Ámbito extraterritorial

Deberán cumplir con las obligaciones del proyecto de Ley los procesadores y controladores que ofrezcan servicios y bienes a los residentes ecuatorianos pero siempre que estén ubicados fuera de nuestro país.

Principios de protección de datos

Según publica Serrano, “el proyecto de Ley reconoce muchos de los principios de protección de datos aceptados en todo el mundo, tales como limitación de propósito, transparencia, confidencialidad, retención limitada, responsabilidad y precisión de los datos, pautas establecidas y obligaciones para los procesadores y controladores de datos”.

Base legal para el procesamiento de datos personales

Con este proyecto de Ley habrá obligaciones contractuales y precontractuales, la protección de intereses vitales, el tratamiento de los datos de bases de datos públicas y el ejercicio de tareas realizadas en interés público o ejercicio de atribuciones públicas.

Derechos de los nuevos interesados

Se incluirá el derecho a la información, de acceso, de rectificación, de supresión, de cancelación, el derecho a oponerse, a no estar sujeto a una decisión basada en el procesamiento automático, a la portabilidad y derecho al olvido. Se reconocerán, también, algunas excepciones.

Categorías especiales de datos

Habrá que dar consentimiento explícito para procesar datos que se encuentren categorizados como especiales. Es decir, los datos sensibles, los relacionados con la salud, los financieros y los datos de menores de edad.

Medidas de seguridad

Los procesadores y controladores deberán implementar diferentes medidas de seguridad, así como adoptar medidas técnicas que dependerán del volumen y el tipo de datos tratados.

DPO

Deberá haber un delegado de protección de datos como responsable del tratamiento de los datos. Todas las autoridades deberán contar con un DPO; el resto de empresas dependerá de la finalidad, el alcance y la cantidad de datos que traten.

Transferencia internacional de datos

Se permitirá la transferencia de datos a otros países y territorios, siempre que se garantice la seguridad de los mismos.

DPA

“El proyecto de Ley crea la Superintendencia de Protección de Datos como la nueva DPA. La Superintendencia es una institución autónoma. El Superintendente será designado de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución”, indica Serrano.

Sanciones y responsabilidades

La nueva Ley, según su proyecto, establecerá infracciones si no se cumple lo indicado en ella. “El procesador y controlador de datos puede ser sancionado entre el 3% y el 17% de sus ingresos anuales del año anterior”, concluye.

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Análisis legal de cómo hacer negocios en Ecuador – Idealex

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FECHA: 23-02-2021

PROFESIONALES EN LA NOTICIA:

-Andrea Moya

-Rafael Serrano

-Marta Villagómez

MEDIO: Idealex

En febrero ha tenido lugar la “ExpoMembers”, la feria virtual organizada entre la Cámara de Industrias y Comercio Ecuatoriano-Alemana (AHK) y Partner AHK Virtual. Algunos de nuestros abogados han podido participar en el evento e Idealex se ha hecho eco de la noticia.

Desde diferentes perspectivas del Derecho, Andrea Moya, socia de la firma y especialista en Derecho Tributario Internacional; Rafael Serrano, asociado sénior y director del área de Protección de Datos; y Marta Villagómez, asociada especialista del área de Derecho Laboral, expusieron en la apertura del evento sobre “¿Cómo hacer negocios en Ecuador? Análisis legal desde la perspectiva corporativa, laboral, tributaria y aduanera”.

Cada uno de los abogados expuso su punto de vista desde el área de especialización que lidera. De este modo, Rafael Serrano manifestó que “los principales beneficios de invertir son la baja tasa de inflación respecto al dólar de EE.UU.; y una buena infraestructura en transporte, que facilita la movilidad de bienes y servicios; y que existe una red de acuerdos comerciales y convenios de doble imposición”.

Añadió también como otra de las ventajas principales el régimen jurídico que hay en Ecuador debido a la existencia de leyes que “facilitan, promueven y protegen la inversión”.

Desde otro ángulo y referente al área societaria, agregó que existe una ley de compañías que admite que la inversión extranjera no necesite autorización expresa del órgano de control, así como la aparición de las Sociedades Anónimas Simplificadas.

Por su parte, Marta Villagómez analizó algunas novedades relativas a la implementación de nuevos contratos laborales menos rígidos que el indefinido, como el de emprendedores, el de obra o servicio y el de sectores productivos. Con estos se permitirá “establecer plazos, analizar condiciones” y así se “utilizará el que convenga según las necesidades de cada empresa”.

Afirmó que las empresas deben otorgar estabilidad laboral a sus empleados y que deben cumplir con el salario mínimo y con la jornada laboral que le corresponde.

Por último, la abogada incluyó en sus palabras que para finalizar un contrato laboral debe haber acuerdo mutuo entre ambas partes firmantes, “esperar el vencimiento de su plazo o avisar al trabajador con 15 días de anticipación -lo que debe ser autorizado por el Ministerio de Trabajo- y se tiene que indemnizar al empleado luego del despido”.

En el turno de Andrea Moya, explicó que las compañías están sujetas a tres impuestos: “a la renta, que equivale de un 25 a un 28% de la inversión; al valor agregado, que corresponde a un 12%; y a la salida de divisas, que es un 5% del total”.

Sin embargo, y como conclusión, existen algunos incentivos que ayudan a invertir a quienes quieran hacerlo en Ecuador, como el incentivo general, por sector económico, por zona turística, por ZEDE (Zona Especial de Desarrollo Económico) y por APP (Asociaciones Público-Privadas y la Inversión Extranjera).

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El Universo – Cómo cuidarse de los ladrones de datos

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FECHA: 26-08-2020

PROFESIONALES EN LA NOTICIA: 

-Rafael Serrano

MEDIO: El Universo

La revista del periódico El Universo ha publicado un artículo en el que participa como entrevistado Rafael Serrano Barona, asociado de CorralRosales, sobre cómo cuidarse de los ladrones de datos, cada día más comunes en internet. No es difícil conocer a alguien -o tú mismo- que haya sufrido un ataque virtual denominado phishing, término utilizado para referirnos a uno de los métodos más utilizados en la era digital para estafar a usuarios de internet y obtener así información confidencial, como una contraseña o algo más grave, información bancaria.

Cuando se maneja tanta información en la red, en ocasiones nos es más complicado reconocer a los ladrones de datos que utilizan la técnica comentada, pero existen unas preguntas que debemos hacernos siempre para averiguar quién está detrás del SMS, mail o mensaje de redes sociales que hemos recibido: «¿coincide el remitente con el contenido del mensaje?, ¿se preguntan cuestiones sensibles?, ¿el encabezamiento está bien o es incorrecto?, ¿realmente el receptor tiene una cuenta en la entidad que supuestamente manda el correo?». Respondiendo a las preguntas anteriores el usuario podrá darse cuenta si está siendo víctima de phishing.

Otra cuestión a vigilar es el dominio al que pertenece la página web a la que vamos a acceder. Si está compuesta por números tiene más posibilidades de ser un engaño y no debemos acceder a ella bajo ningún concepto. Lo mismo ocurre con links que no contienen palabras relacionadas con la información que se va a encontrar en él.

Especial cuidado se debe tener también con los archivos adjuntos. «Sobre todo formatos de archivos directamente ejecutables como “.exe”, “.bat” o “.cmd” son especialmente peligrosos. También en el caso de archivos de formato Office (.docx, .xlsx o .pptx), que pueden contener macros, habría que tener cuidado».

Nuestro asociado Rafael Serrano, a su vez vicepresidente de la Asociación Ecuatoriana de Protección de Datos, explica en este artículo qué ocurre con la protección de datos en Ecuador, ya que en este país no existe una Ley de Protección de Datos que regule estas actividades, lo que facilitaría que los ladrones de datos actuasen.

«Actualmente se encuentra tramitando en la Asamblea un proyecto de ley que está siendo analizado en la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral. El Proyecto de Ley fue presentado por el presidente de la República Lenín Moreno». Añade: “El Proyecto de Ley es bastante completo. Sigue los lineamientos del Reglamento General de Protección de Datos europeo, que a su vez es la normativa más importante en la materia”.

Al preguntar a Serrano acerca de la necesidad de una ley de estas características, detalla la importancia de contar con esta legislación ya que «recientes casos de filtraciones de datos de los ecuatorianos han demostrado la falta de control y regulación en esta materia. Adicionalmente, la Constitución aprobada en 2008 reconoce el derecho autónomo a la protección de datos (art. 66 #19). Hasta la actualidad, no tenemos una normativa que regule y desarrolle de manera adecuada el ejercicio del mencionado derecho”.

De momento, solo queda esperar.

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Idealex – Herramientas tecnológicas en el ámbito laboral

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FECHA: 24-11-19

PROFESIONALES EN LA NOTICIA: 

-Edmundo Ramos
-Rafael Serrano

MEDIO: Idealex

Nuestro Socio Edmundo Ramos y nuestro Asociado Rafael Serrano publican un artículo en el medio internacional Idealex sobre la tendencia de implantar herramientas tecnológicas en el ámbito laboral y de cómo está reflejado legalmente. «La mayoría de las empresas provee a sus empleados de herramientas tecnológicas, como correo electrónico corporativo, teléfono móvil y computadoras, para poder cumplir con sus tareas. Es común que el trabajador las utilice para fines personales, derivando en situaciones de uso no autorizado de las TICs laborales, o el incorrecto manejo de la información de propiedad del empleador», afirman nuestros abogados.

El artículo 46 del Código de Trabajo ecuatoriano no establece ninguna regla sobre el trato de la información en este tipo de tecnologías en el ámbito laboral, y por lo tanto, tampoco se regula el derecho del empleador de tener acceso y controlar el uso que se hace de ellas.

«Las comunicaciones realizadas por el trabajador se encuentran protegidas por el derecho a la inviolabilidad y secreto. Por esta razón, el empleador no podrá acceder al correo electrónico o a la información contenida en la computadora o celular de la empresa, sin el consentimiento del trabajador», apuntan nuestros expertos.

Según se explica en el texto, esas comunicaciones también se pueden encontrar protegidas por el derecho constitucional de protección de datos personales. En concreto, se considera dato personal todo lo que hace identificable a una persona, como puede ser correos electrónicos corporativos o números de teléfono.

«Por último, el uso y acceso a las TICs se encuentra protegido por el derecho a la privacidad reconocido en la Convención Americana de Derechos Humanos, vigente en Ecuador, que dispone lo siguiente, “Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación”», explican nuestros abogados.

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Ekos – Protección de Datos Personales: medios legítimos para el tratamiento de los datos

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FECHA: 16-08-19

PROFESIONALES EN LA NOTICIA: 

-Rafael Serrano
-Michael Wollman

MEDIO: Revista Ekos

La revista Ekos publica en tanto en sus páginas (pag. 60) como en su portal web un artículo de nuestro Asociado Rafael Serrano y el Asistente Michael Wollmann, en el que enumeran los medios legítimos que se deben utilizar para el tratamiento de los datos personales. Esta revisión viene argumentada por la próxima expedición de la Ley de Protección de Datos Personales, que obligará a que las compañías adapten sus procedimientos por los cuales toman los datos de sus consumidores y clientes.

«El proyecto de Ley tiene como principal objetivo regular el ejercicio del derecho de protección de datos personales, la autodeterminación informativa y la circulación de este tipo de datos (Art. 1). El principio de legitimidad (Art. 9 ). establece las condiciones o situaciones en las cuales es legitimo y lícito la recolección y tratamiento de datos personales por parte de las empresas», afirman Serrano y Wollmann.

Según nuestros especialistas, los cinco puntos que establecen cuando es legítimo la recolección de datos son: el consentimiento del titular de los datos personales para su tratamiento con una finalidad específica; la obligación legal para el tratamiento; la relación contractual, los intereses vitales del titular y la orden de una autoridad o resolución de autoridad competente.

«Una empresa puede realizar el tratamiento de datos de un individuo con quien tenga una relación contractual. La limitación a este tratamiento está relacionada a los datos necesarios para el cumplimiento de las obligaciones contractuales y no podrán exceder los límites establecidos en el contrato», explican sobre la relación contractual, mientras que sobre las ordenes judiciales comentan que si «a través de una sentencia o una resolución de la autoridad competente se ordena la entrega o el tratamiento de datos personales, la empresa estará obligada a hacerlo, sin afrontar consecuencias negativas».

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Gestión Digital – ¿A quién afecta realmente la prohibición de la minería en áreas protegidas?

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FECHA: 28-02-18

PROFESIONALES EN LA NOTICIA: 

-Rafael Serrano

Nuestro Asociado Rafael Serrano publica un artículo en la revista Gestión Digital en el que analiza las consecuencias de la a prohibición constitucional de la minería metálica en áreas protegidas, zonas intangibles y centros urbanos, aprobada en consulta popular. Según apunta nuestro experto, la minería legal no se verá afectada por esa medida ya que cuenta con unos límites en los que desarrollar proyectos, pero se logrará perseguir la ilegal y de esa manera proteger la naturaleza, el ambiente y las áreas urbanas.

«La preocupación de la sociedad por los efectos negativos que eventualmente podría producir la minería metálica especialmente en áreas protegidas viene de varios años atrás. Así, en 2008, la Asamblea Constituyente de Montecristi dictó el Mandato 6 por el cual se declaró la extinción de las concesiones mineras otorgadas en áreas naturales protegidas, bosques protectores, zonas de amortiguación y aquellos que afecten nacientes y fuentes de agua», contextualiza Serrano en su texto.

Nuestro Asociado comenta que las posibilidades mineras con las que cuenta Ecuador nunca han sido bien aprovechadas, por lo menos hasta ahora. La legislación sobre este tema ha sido muy cambiante y las condiciones para contratistas eran muy gravosas, por lo que no llegaban interesados en la minería a Ecuador. La situación cambiaría con la Ley de Minería (2009) y la creación del Ministerio de Economía (2015).

«Por lo mismo, lo que deberíamos preguntarnos en realidad es: ¿Qué pasará con la minería ilegal en áreas protegidas, zonas intangibles y centros urbanos? Es este tipo de minería la que ocasionó los conflictos socioambientales que generaron impacto en la sociedad y derivaron en la Pregunta 5. No se descarta la existencia de sectores contrarios a la actividad minera, pero corresponde a las autoridades y las compañías contratistas llevar a cabo estrictos controles sobre actividades ilícitas en las áreas descritas en la pregunta 5, para mantener una adecuada protección al ambiente y a los ciudadanos», asegura Serrano.

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