Mediante Resolución NAC-DGERCGC22-00000019 emitida el 6 de mayo de 2022 por el Servicio de Rentas Internas se amplió el plazo para la presentación de: (i) la declaración patrimonial aplicable a persona naturales; y, (ii) el anexo de activos y pasivos aplicable a sociedades, correspondiente al año 2022 según el siguiente calendario:
Noveno dígito del RUC o CI | Fecha máxima de presentación |
1 | 10 de diciembre |
2 | 12 de diciembre |
3 | 14 de diciembre |
4 | 16 de diciembre |
5 | 18 de diciembre |
6 | 20 de diciembre |
7 | 22 de diciembre |
8 | 24 de diciembre |
9 | 26 de diciembre |
0 | 28 de diciembre |
Para el caso de personas naturales que posean pasaporte y no cuenten con cédula de identidad, la fecha máxima de presentación será aquella que corresponde a las personas naturales cuyo noveno dígito de cédula de identidad es 0.
Los sujetos pasivos que se acojan al Régimen Impositivo Voluntario, Único y Temporal para Regularización de Activos en el Exterior, presentarán la declaración patrimonial o el anexo de activos y pasivos correspondiente al año 2022 y las declaraciones sustitutivas a las que estuvieren obligados por efectos de aplicación del régimen, hasta el 31 de diciembre del año 2022.
Especialista en Derecho Tributario
Andrea Moya, socia de CorralRosales
amoya@corralrosales.com
+593 2 2544144
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