El Ministerio de Salud Pública, mediante acuerdo 00024-2020,de 16 de junio de 2020, declaró nuevamente el estado de emergencia sanitaria en todos los establecimientos del Sistema Nacional de Salud, en los servicios de laboratorio, unidades de epidemiología y control, ambulancias aéreas, servicios médicos y paramédicos, hospitalización y consulta externa, ante la transmisión comunitaria del COVID-19 en las 24 provincias y la posible necesidad de hospitalización o atención en cuidados intensivos.
Además, el Ministerio de Salud Pública:>
- Dispuso que los establecimientos de salud pertenecientes a la Red Pública Integral de Salud, durante la vigencia de la declaratoria, prioricen sus recursos económicos y de talento humano, y tomen las medidas que estimen necesarias para afrontar la emergencia sanitaria.
- Dispuso que la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) actualice las regulaciones referentes a la producción nacional de medicamentos y dispositivos médicos necesarios para la atención de la emergencia y que, a su vez, priorice la atención de los procesos de regulación en curso.
- Emitió lineamientos para las compras que ejecuten la Planta Central y las Entidades Operativas Desconcentradas (EOD´s) del Ministerio de Salud Pública para atender la emergencia sanitaria.
- Prohibió a todas las empresas de seguros de salud privada y a empresas de medicina prepagada que limiten la cobertura para la adecuada evaluación, atención y tratamiento al paciente afectado por el COVID-19.
La declaratoria del estado de emergencia sanitaria estará vigente hasta el 13 de agosto de este año. Podrá prorrogarse en caso de ser necesario.
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