ICE a las fundas plásticas

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Mediante Resolución NAC-DGERCGC20-00000033 de 6 de mayo de 2020, la Directora General del Servicio de Rentas Internas estableció las siguientes normas para la declaración y pago del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) a las fundas plásticas.

Base imponible:

La base imponible del ICE es el número de fundas plásticas tipo acarreo o camiseta entregados por el establecimiento de comercio al consumidor. Se entiende como funda plástica aquella con o sin asa, producida a partir de resinas de polipropileno de alta y de baja densidad, o polietileno de baja densidad.

Tarifa del impuesto:

La tarifa del ICE será la constante en el siguiente cuadro:

 

Año

Tarifa específica
de ICE

2020 US$0,04 por funda plástica 2021 US$0,06 por funda plástica 2022 US$0,08 por funda plástica 2023 US$0,10 por funda plástica

Agentes de percepción:

Los establecimientos de comercio que, para facilitar el traslado de mercadería, entreguen fundas plásticas al adquiriente, actuarán como agentes de percepción del ICE.

Son establecimientos de comercio las sociedades y personas naturales obligadas a llevar contabilidad, que comercialicen productos al por mayor o menor y el franquiciador y sus franquiciados, independientemente del número de establecimientos.

Exoneraciones

Se encuentran exoneradas del pago de ICE:

  1. Las fundas plásticas para uso industrial, agrícola, agroindustrial, de exportación, para productos congelados.
  2. Las fundas plásticas que contengan como mínimo 50% de materia prima reciclada post consumo.
  3. Las fundas plásticas utilizadas como empaques primarios. Se consideran como empaques primarios a las fundas plásticas de un solo uso que estén en contacto directo con los alimentos en estado natural y bebidas, artículos de limpieza e higiene personal, químicos, pinturas, lubricantes, entre otros.

Tienen una rebaja del 50% de la tarifa del ICE las siguientes fundas plásticas:

  1. Las fundas plásticas biodegradables, aquellas que provienen de materiales naturales renovables que pueden descomponerse en elementos químicos naturales por la acción de agentes biológicos, como el sol, el agua, las bacterias, las plantas o los animales, sin la intervención del ser humano bajo condiciones normales del ambiente.
  2. Las fundas plásticas compostables, aquellas que provienen de material biodegradable que, al recibir una disposición adecuada, se degrada en un tiempo más corto en relación con el plástico biodegradable y cuya finalidad es convertirse en abono o compost.

Los fabricantes e importadores de fundas plásticas que pueden acogerse a estas exoneraciones o rebaja deberán certificarse ante la entidad rectora en materia de producción, ambiente o industria. El listado de fabricantes e importadores calificados será publicado periódicamente en la página web institucional del Servicio de Rentas Internas.

Declaración y pago del impuesto:

Los agentes de percepción deberán presentar mensualmente la declaración por las operaciones realizadas dentro de cada mes, mediante el “Formulario de Declaración del Impuesto a los Consumos Especiales”, código 3680. Los contribuyentes sujetos al régimen de microempresas deberán presentar la declaración semestralmente.

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NOTA: EL texto anterior ha sido elaborado con fines informativos. CorralRosales no es responsable de ninguna pérdida o daño ocasionado como consecuencia de haberse actuado o dejado de actuar en base a la información contenida en este documento. Cualquier situación determinada adicional requiere la opinión y concepto específico de la firma.

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