Boletines informativos

En el marco normativo actual, se han incorporado disposiciones específicas que inciden directamente en los derechos y beneficios de las personas con discapacidad, sus sustitutos y cuidadores, así como de quienes enfrentan enfermedades raras, huérfanas, catastróficas o de alta complejidad. Estas reformas abarcan aspectos clave en el acceso a servicios, beneficios laborales, educativos y de salud. A continuación, resaltamos lo siguiente:
Por medio del Acuerdo Interministerial Nro. 2025-013, emitido  por el Ministerio de la Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, en conjunto con el Ministerio de Turismo, se ha dispuesto:
La suspensión de los plazos y términos para la declaración y pago de las tasas “Eco Delta” y “Potencia Turística” a partir del 15 de septiembre de 2025, durante un período de dos meses.
La Corte Nacional de Justicia a través de la Resolución No. 15 – 2015 emitió un nuevo precedente jurisprudencial obligatorio en materia laboral.

Impuesto a la Renta en la Distribución de Dividendos

Las utilidades o dividendos que distribuyan las sociedades residentes o establecimientos permanentes en Ecuador se sujetarán a un impuesto a la renta único. Este impuesto será retenido por la sociedad que realiza la distribución.
La Ley Orgánica de Transparencia Social publicada en el Registro Oficial Tercer Suplemento del 28 de agosto de 2025 establece las siguientes reformas en materia tributaria:

Impuesto a la Renta en la Distribución de Dividendos

Las utilidades o dividendos que distribuyan las sociedades residentes o establecimientos permanentes en Ecuador se sujetarán a un impuesto a la renta único. Este impuesto será retenido por la sociedad que realiza la distribución.
Mediante Resolución No. SPDP-SPD-2025-0030-R, de 7 de agosto 2025, la Superintendencia de Protección de Datos Personales (en adelante “SPDP”) expidió el Reglamento para la seudonimización, anonimización, bloqueo y eliminación de datos personales (en adelante “Reglamento”).