Boletines informativos

La Corte Nacional de Justicia a través de la Resolución No. 15 – 2015 emitió un nuevo precedente jurisprudencial obligatorio en materia laboral.

Impuesto a la Renta en la Distribución de Dividendos

Las utilidades o dividendos que distribuyan las sociedades residentes o establecimientos permanentes en Ecuador se sujetarán a un impuesto a la renta único. Este impuesto será retenido por la sociedad que realiza la distribución.
La Ley Orgánica de Transparencia Social publicada en el Registro Oficial Tercer Suplemento del 28 de agosto de 2025 establece las siguientes reformas en materia tributaria:

Impuesto a la Renta en la Distribución de Dividendos

Las utilidades o dividendos que distribuyan las sociedades residentes o establecimientos permanentes en Ecuador se sujetarán a un impuesto a la renta único. Este impuesto será retenido por la sociedad que realiza la distribución.
Mediante Resolución No. SPDP-SPD-2025-0030-R, de 7 de agosto 2025, la Superintendencia de Protección de Datos Personales (en adelante “SPDP”) expidió el Reglamento para la seudonimización, anonimización, bloqueo y eliminación de datos personales (en adelante “Reglamento”).
El 23 de julio de 2025, mediante Resolución No. SPDP-SPD-2025-0022-R, la Superintendencia de Protección de Datos Personales (en adelante “SPDP” o “Autoridad”) expidió el Reglamento para la aplicación de la metodología para el cálculo de las multas en el régimen administrativo sancionatorio de la SPDP (en adelante “Reglamento”).