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La entrada en vigor del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea en mayo de 2018 impulsó la creación y adaptación de diferentes normativas sobre protección de datos personales en todo el mundo. Ecuador no fue la excepción y el 26 de mayo de 2021 entró en vigor la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD), la primera ley en Ecuador enfocada exclusivamente en regular y garantizar la protección de datos personales.
Dos años después, tal y como fijaba la ley, han entrado en vigor las medidas correctivas y el régimen sancionador. Sobre este asunto, escribe nuestro asociado Rafael Serrano para IAPP.
Serrano destaca que “de cara al mes de mayo, y desde la publicación de la LOPD, tanto entidades públicas como privadas se han visto obligadas a acometer procesos de adaptación que han supuesto importantes retos para las mismas, que se han visto profundizados por la falta de regulación para la aplicación de la LOPD, así como por la falta de creación y designación de una autoridad de protección de datos”.
Estas dificultades, añade, “sumadas a las actuaciones técnicas, jurídicas y procedimentales que han adoptado los sujetos obligados, han generado, sin duda, una gran incertidumbre sobre el cumplimiento y aplicación de la LOPD”.
Desde este 26 de mayo, según Serrano, “se inicia una nueva etapa en la protección de datos personales en Ecuador. Los riesgos pueden ser importantes, ya que las multas pueden alcanzar hasta el 1% de la facturación del ejercicio fiscal inmediatamente anterior a la imposición de la multa”.
Afirma que la ley genera un nuevo régimen regulatorio que posiciona a Ecuador a nivel internacional ya que, aun con todos los riesgos, también presenta grandes oportunidades.
“El cumplimiento de esta normativa mejorará los procesos y sistemas de información, y ayudará a las empresas ecuatorianas a fortalecer su imagen corporativa en el mercado internacional. En este sentido, las empresas deben empezar a mitigar el riesgo implementando ciertos documentos y medidas de seguridad”.